Si, tras tu experiencia universitaria y profesional en el Reino Unido, decides volver a España, o ya has vuelto, y quieres validar aquí tus estudios para que sean reconocidos oficialmente, deberás tener en cuenta algunas consideraciones antes de aventurarte en el proceso. Te contamos los pasos que debes seguir:
Lo primero que has de recordar es que aunque el Brexit cambió profundamente las relaciones del Reino Unido con la Unión Europea, el país no abandonó el Espacio Europeo de Educación Superior, por lo que sus universidades continúan aplicando los mismos estándares de calidad y sus titulaciones tienen la misma validez que antes. La única diferencia es que, al estar fuera de la Unión, los documentos oficiales deben incluir la famosa Apostilla de la Haya, pero desde el punto de vista académico, nada ha cambiado con el Brexit.
Actualmente, el procedimiento de validación se rige por el Real Decreto 889/2022 del 18 de octubre. Con la pandemia, se necesitó agilizar el proceso de validación de títulos para incorporar a trabajadores sanitarios utilizando “homologaciones exprés» y se dieron cuenta que se podía acelerar el proceso. Además, recortando los plazos se atraía talento internacional y se ayudaba a mantener el principio de movilidad de los ciudadanos, uno de los pilares de la Unión Europea. La actual normativa incorpora algunas novedades, como la creación de una comisión técnica para el análisis de las homologaciones y equivalencias. Esta comisión está formada por un equipo de expertos para evitar que se formen los cuellos de botella que obstruyen el proceso y para que, con el tiempo y la experiencia acumulada, tengan criterio para valorar más rápidamente las titulaciones. Otra de las novedades de este decreto es la obligatoriedad de comunicarse con la Administración exclusivamente por medios electrónicos.
Antes de iniciar los trámites administrativos, debes saber qué tipo de procedimiento necesitas y por qué. Eso dependerá de la profesión para la que estudiaste. Hay tres posibles procedimientos:
- HOMOLOGACIÓN: reconocimiento oficial de la formación superada para la obtención de un título extranjero, equiparable a la exigida para la obtención de un título español cuya obtención se requiere para el ejercicio de una profesión regulada, Por lo tanto, necesitarás homologar tu título extranjero si quieres ejercer una profesión regulada en España. Tiene efectos profesionales y académicos.
- DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA: reconocimiento oficial de la formación superada para la obtención de un título extranjero, equiparable a la exigida para la obtención de un nivel académico de grado, máster universitario o doctorado, con exclusión de los efectos profesionales respecto de aquellos títulos susceptibles de obtenerse por homologación. Es decir, tendrás que obtener una declaración de equivalencia si quieres que tu título (de grado o máster) sea reconocido oficialmente en España y no sea una profesión regulada.
- CONVALIDACIÓN: reconocimiento oficial a efectos académicos de la validez de estudios superiores realizados en el extranjero, hayan finalizado o no con la obtención de un título respecto de los estudios universitarios españoles. En este caso son las universidades las encargadas de valorar los estudios superiores.
La homologación y las declaraciones de equivalencia se tramitan a través de la sede electrónica del Ministerio de Universidades. El proceso es cien por cien en línea y se rige por el orden de llegada de las solicitudes, si alguna está duplicada, se desestima.
Antes de comenzar, independientemente del trámite que necesites, asegúrate de que los documentos que vas a presentar cumplen las siguientes condiciones:
- OFICIALIDAD: Originales del título y de la certificación académica (con la duración oficial, las asignaturas cursadas y la carga horaria total).
- LEGALIZACIÓN de estos originales ante un public notary o solicitor (mejor hacerlo cuando estás en el Reino Unido) y APOSTILLADO a través del Foreign & Commonwealth Office Legalisation Office.
- TRADUCCIÓN JURADA de todo lo anterior.
Cuando estés preparado para envíar tus documentos a través de la sede electrónica, deberás identificarte con el sistema Cl@ve o con usuario y contraseña. No olvides tener contigo:
- Documento de identidad
- Título cuya validación oficial se solicita o certificación acreditativa de su expedición, y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.
- Certificación académica de los estudios: duración oficial, asignaturas cursadas y carga horaria total con traducción oficial
- Acreditación del pago de la Tasa 107 (166,55 euros)
- Acreditación competencia lingüística, en algunos casos, para algunas profesiones.
- Dependiendo de la profesión regulada puedes necesitar presentar algún documento más.
- Declaración responsable de que la persona interesada manifiesta la veracidad de los datos que aporta.
Una vez enviado, solo queda esperar a que tu solicitud llegue a la fase de instrucción por parte de la Comisión de Análisis Técnico de Homologaciones y Declaraciones de Equivalencia. Si hay algo que falte o necesiten consultar, se puede subsanar antes de que llegue a la fase de resolución. Eso sí, en todo momento el solicitante puede consultar el estado de su solicitud.
Estás son las posibles resoluciones del Ministerio:
- Concesión de la homologación a un título universitario oficial español de grado o máster universitario que habilite al ejercicio de una profesión regulada.
- Concesión de la declaración de equivalencia a un nivel académico oficial de grado o máster universitario.
- Denegación de la homologación o declaración de equivalencia.
- Concesión condicionada de la homologación a la superación de unos requisitos formativos complementarios que deberán cumplimentarse para la obtención de la homologación correspondiente.
Las resoluciones de homologación de títulos extranjeros de educación superior se formalizarán mediante una credencial expedida por la Subdirección General de Títulos y Ordenación, Seguimiento y Gestión de las Enseñanzas Universitaria del Ministerio de Universidades. Todas las credenciales serán enviadas en formato digital con firma electrónica.
Recuerda que puedes solicitar tu homologación/declaración de equivalencia en cualquier momento. No hay un plazo específico, pero aún así, el procedimiento va a suponer tiempo y dinero, algo que también debes planificar. Calcula un mínimo de seis meses -en un mundo ideal- que se convertirán fácilmente en un año, o más, en el mundo real.
A continuación te dejamos una charla que dimos sobre este tema que seguro te puede ayudar: